2023
COMISIÓN PRIMERA:
- Daniel David Rosero Zuleta (Presidente).
- Ferney Muñoz Roldán (Vicepresidente).
- Juan Carlos Rivera Osorno.
- Juan David Quintero Arango.
- Robinson Higinio Giraldo.
Con base al reglamento interno (Art. 72), las funciones de la comisión primera o del plan son:
- Aprobar en primer debate el Plan de Desarrollo Municipal, los planes de obras públicas y los planes de ordenamiento territorial, sus modificaciones y los instrumentos que lo desarrollan. (Artículo 21 Ley 1551 de 2012).
- Aprobar el estatuto de valorización municipal.
- Aprobar lo referente a la enajenación y destinación de bienes municipales y los proyectos relacionados con autorizaciones al Alcalde para celebrar contratos.
- Los relacionados con la declaración, el control, preservación y defensa del patrimonio ecológico y asuntos del medio ambiente en el municipio. (Artículo 313 numeral 9 Constitución Política).
- Dar primer debate a los proyectos de acuerdo en asuntos relacionados con la preservación y defensa del patrimonio cultural, artístico, arquitectónico e histórico del municipio.
- Emitir conceptos sobre la ejecución de obras y/p programas que no estén incluidos en el presupuesto anual de inversiones, cuando tengan por finalidad la prevención de algún peligro que pueda afectar la integridad de la población o cuando la urgencia del mismo así lo demande.
- Modificación de usos del suelo y de intervención urbana; vigilar y controlar actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda. (Artículo 313, numeral 7 Constitución Política; artículo 33 Ley 136 de 1994 y Ley 388 de 1997).
- Aprobar en primer debate el proyecto de acuerdo del plan básico de ordenamiento territorial.
COMISIÓN SEGUNDA:
- Hamer Halley Pérez Rueda (Presidente).
- Nelson Camilo Quiceno Hernández (Vicepresidente).
- Juan Sebastián Hernández Foronda.
- Libardo Andrés Guiral Beltrán.
- Jhon Jairo Arcila Echeverri.
Con base al reglamento interno (Art. 73), las funciones de la comisión segunda o de presupuesto y de asuntos fiscales son:
- Dar primer debate al proyecto de acuerdo de presupuesto y sus modificaciones, el cual deberá corresponder al plan de desarrollo municipal de conformidad con las normas orgánicas de planeación.
- Dictar las normas orgánicas del presupuesto municipal.
- Lo relacionado con impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, reducciones, exenciones y redistribución por programas e incremento de tales tributos.
- Lo relacionado con la celebración de contratos con entidades del orden privado y sin ánimo de lucro, con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el plan nacional, departamental y municipal en desarrollo.
- Exigir informe trimestral sobre el estado del presupuesto y su ejecución a la administración municipal, y presentar las sugerencias y observaciones que considere oportunas.
- Solicitar a la administración la información necesaria, para presentar anualmente al Concejo un informe con las observaciones que estime pertinentes sobre el comportamiento tributario municipal, previa presentación del presupuesto.
- Lo relacionado con las escalas de remuneración para los servidores públicos del Municipio y sus trabajadores oficiales, e incremento salarial anual de los mismos, así como la creación, modificación o terminación de prestaciones extra legales o cargo del municipio.
- Los proyectos relacionados con bonos de deuda pública, vigencias futuras, contratación de crédito o empréstitos, y las actuaciones relacionadas con la firma y desarrollo de los convenios de desempeño.
- En el presupuesto anual del Municipio, destinar recursos a los acuerdos vigentes para garantizar su ejecución, previa inscripción en el banco de programas y proyectos del Municipio.
(Modificado por el acuerdo 021 de 2013, Artículo 1).
COMISIÓN TERCERA:
- Leidy Catalina Saavedra Guiral (Presidente).
- Fernando Lara Agudelo (Vicepresidente).
- Edwin Ramírez Lopera.
- Luís Guillermo Vanegas Muñoz.
- Juan Carlos Herrera Díaz.
Con base al reglamento interno (Art. 74), las funciones de la comisión tercera o administrativa y de asuntos generales son:
- Educación, cultos, recreación, salud, seguridad, bienestar social, vivienda, bienestar laboral, servicios administrativos, servicios públicos, deportes y derechos humanos.
- Compete a esta comisión determinar la estructura de la Personería Municipal y dictar las normas necesarias para su funcionamiento así como del Concejo Municipal y las funciones de sus dependencias.
- Lo relacionado con las políticas y propuestas en materia laboral, en particular a lo referente a la fijación de requisitos de desempeño de los empleos a cargo de la Administración Municipal.
- Determinar la estructura de la Administración Municipal y sus entes descentralizados.
- A iniciativa del Alcalde, la creación de establecimientos públicos y empresas industriales y comerciales del estado.
- Autorización de constitución de sociedad de economía mixta.
- Hacer seguimiento a los planes que en desarrollo de la política de reinserción laboral diseñe la Administración Municipal.
- Códigos, estatutos y reglamentos, con excepción de los planes que conocen las comisiones primera y segunda.
- Los demás asuntos no asignados expresamente a otra comisión permanente y que sean del impulso del Concejo Municipal ya sea por mandato constitucional o legal.
- Crear, suprimir o fusionar entidades y dependencias municipales, así como la creación, fusión o supresión de cargos por tener directa injerencia en el gasto público del Municipio de Copacabana que afecta el presupuesto municipal.
- Surtir el primer debate a los proyectos de acuerdo relacionados con los asuntos de transporte y tránsito.
Modificado por el Acuerdo 021 de 2013, (Artículo 2).